PREGUNTAS FRECUENTES

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  • ¿Cuál es la diferencia entre una conexión monofásica y una trifásica?

    Una conexión monofásica o trifásica la puede peticionar cualquier futuro cliente de la empresa, la diferencia técnica real es que con un medidor trifásico se pueden tener mayores artefactos encendidos y al mismo tiempo, sin sufrir caídas de tensión o cortes por exceso de demanda. Desde el punto de vista económico el precio del Kwh depende de la tarifa por el consumo y no por la existencia de un medidor monofásico o trifásico.

  • ¿Cuánto tiempo hay para rehabilitar el servicio por falta de pago?

    Los suministros suspendidos por falta de pago de las facturas emitidas, serán restablecidos dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de abonadas las sumas adeudadas y la tasa de rehabilitación, de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 8 del régimen de suministro de energía eléctrica.

  • ¿Cuáles son los requisitos para adherirse al débito automático?

    Si la solicitud del débito se realiza en las instalaciones de la empresa de energía, los requisitos son:
    Llenado y firma de la solicitud de adhesión al débito automático.
    N° de CBU bancario (en el caso de débito directo).
    Fotocopia de la tarjeta de crédito o tarjeta de débito directo de una cuenta bancaria.
    Fotocopia del DNI del solicitante (titular de la tarjeta de crédito o cuenta bancaria).

  • ¿Qué es lo que hay que certificar de un contrato?

    Para realizar un trámite comercial se necesita de un contrato de alquiler o compraventa, donde ambos deben poseer las firmas certificadas de los firmantes, ya que las mismas acreditan la veracidad del contrato comercial realizado.

  • ¿La energía trifásica es más cara que la monofásica?

    Desde el punto de vista económico el precio del Kwh depende de la tarifa asignada por el consumo realizado y no por la existencia de un medidor monofásico o trifásico, en conclusión el Kwh de un medidor trifásico tiene el mismo precio que el Kwh de un medidor monofásico.

  • ¿Cuáles son los requisitos para solicitar un suministro provisorio?

    Se le informa al cliente que el suministro provisorio tiene una vigencia por un plazo no mayor a 90 días.
    Para acceder al mismo debe presentar la siguiente documentación:
    Certificado de electromecánica.
    DNI del solicitante.
    CUIT.
    Permiso Municipal (en caso de ser instalado en un espacio público).
    Permiso Privado (en caso de ser instalado en un domicilio cuyo solicitante no es el propietario).

  • ¿Cuándo puedo realizar un plan de pago?

    Para acceder a realizar un Plan de Pago, la deuda total debe ser incluida en el mismo y hacer una entrega mínima del 40%. Saldo a pactar.
    No se realizan Planes de Pago si el cliente adeuda sólo una factura. Excepto casos puntuales como pueden ser recuperos de energía, errores de facturación, etc.

  • ¿Cómo se puede representar a un titular para realizar un trámite comercial?

    Con un Poder Legal original, debidamente confeccionado y autorizado por un Escribano Público Nacional o Juez de Paz Lego. A esta documentación hay que agregar la fotocopia de DNI tanto del titular de inmueble o suministro, más la fotocopia del DNI a quien se le acredita el Poder. (Los poderes pueden ser: Poder amplio administrativo o poder específico para el trámite detallado en el mismo).

  • ¿Qué significa Contribución Especial Reembolsable o C.E.R.?

    El contrato de concesión establece en su CAPÍTULO 4 Inciso 5) de Conexiones domiciliarias, que: “Cuando se solicite la conexión de un nuevo usuario en una zona donde no existen instalaciones de Distribución, o bien se requiera la ampliación de un suministro existente, para el que deban realizarse modificaciones sustanciales sobre las redes preexistentes y que signifiquen inversiones relevantes, LA DISTRIBUIDORA podrá solicitar al usuario una contribución especial reembolsable…como así también la mecánica prevista para el reembolso al usuario.”

  • ¿Se puede pagar la factura con tarjeta de crédito?

    No se puede pagar la factura con tarjeta de crédito, pero si se puede gozar del servicio de Débito Automático.

  • ¿Por qué debo abonar un depósito de garantía si soy titular inquilino o precario?

    Porque este tipo de titularidad no puede acreditar legalmente el derecho o adquisición de la propiedad en la cual se realizará el trámite de la conexión o el trámite administrativo, este forma de titularidad esta comunicada en el art. 1 inciso “b” del régimen de suministro de energía eléctrica y en el artículo 5 inciso “c” , que expresa “En el caso del Titular que no fuere propietario, podrá optar entre ofrecer como garantía de pago del suministro a LA DISTRIBUIDORA un depósito…o la asunción solidaria de la obligación de pago por parte del propietario del inmueble o instalación, o de un usuario que siendo titular de un suministro, sea propietario del inmueble donde LA DISTRIBUIDORA le preste el servicio.

  • ¿Cuál es el tiempo límite para pagar la factura?

    El tiempo límite de pago de la factura es el único vencimiento que posee la misma.
    Luego la empresa hace uso del articulo 5 inciso “b” del régimen de suministro, que establece “…transcurridos CINCO (5) días de mora, LA DISTRIBUIDORA se encuentra facultada para disponer la suspensión del suministro de energía eléctrica al deudor moroso…”.

  • ¿Estoy en otra provincia, cómo hago para pagar la factura?

    Las opciones para el pago de la factura de energía eléctrica son: RAPIPAGO, PAGO FÁCIL, CAJEROS AUTOMÁTICOS de la RED BANELCO Y LINK, COBRO EXPRESS, en INTERNET el sitio web www.pagomiscuentas.com.ar.
    Además para las próximas facturas puede solicitar el DÉBITO DIRECTO en cualquier cuenta bancaria del país o DÉBITO AUTOMÁTICO en TARJETA NARANJA, TARJETA NEVADA, TARJETA VISA, TARJETA MASTERCARD y BBVA.